sábado, noviembre 23, 2024
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Gualeguachú Piaggio busca reactivar el trabajo

Luego de que el intendente de la localidad entrerriana de Gualeguachú Dr. Esteban Martín Piaggio firmara el decreto que deja reglamentada la creación del programa Acompañar, comienza la inscripción para todos los sectores de la economía local afectados por la pandemia. El programa brinda un acompañamiento económico a sectores determinados y prestadores de servicios afectados como consecuencia de la Pandemia por Coronavirus (COVID-19), mediante el otorgamiento de microcréditos a tasa cero y/o exención, por el máximo de tres períodos, de la Tasa General Inmobiliaria (TGI), Tasa de Obra Sanitarias Municipal (OSM) y de la Tasa por Inspección Sanitaria Higiene Profilaxis y Seguridad a los sectores, previa evaluación de la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico.

Recordamos que los fondos para dar estas ayudas económicas son municipales, y se da en el marco de un paquete de medidas que está generando la Municipalidad para auxiliar a diferentes sectores de la ciudad. Cabe destacar que desde el Ejecutivo Municipal se gestionarán fondos en todos los niveles de gobierno para poder ampliar en el futuro este tipo de ayudas.

Se encuentra destinado a sectores de la ciudad, que han tenido un mayor impacto económico debido a la situación epidemiológica, como actividades de gastronomía, turismo, hoteleros, cines, centros y espacios culturales y artísticos, jardines de infantes, gimnasios, institutos de danzas y de música o actividades similares.

El interesado deberá completar la Pre-solicitud de requerimiento, a través de la “Plataforma Digital Gualeactiva”, mediante el Formulario del Programa Acompañar (Anexo I), completando los datos requeridos y adjuntando la documentación solicitada para la respectiva consideración y posterior aprobación, la cual será remitida on-line directamente a la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico.

El interesado deberá completar la Pre-solicitud y mediante la misma, seleccionar si opta por el microcréditos a tasa cero y la exención de la Tasa General Inmobiliaria (TGI), Tasa de Obra Sanitarias Municipal (OSM) y de la Tasa por Inspección Sanitaria Higiene Profilaxis y Seguridad, o solo una de ellas.

La secretaría de Producción y Desarrollo Económico, procederá a canalizar los trámites administrativos de las solicitudes recibidas, y con sujeción del cumplimiento de los requisitos, habiéndose aprobado el otorgamiento, responderá al requirente por medio de la “Plataforma Digital Gualeactiva”, a fin de que se presente a la misma,  para la firma correspondiente del Acuerdo de Pago y/o Formulario de solicitud de exención y remitirá las SOLICITUDES APROBADAS  la Secretaria de Hacienda y Política Económica.

El monto máximo que podrá ser aprobado será de PESOS VIENTE MIL ($ 20.000,00). Las cuotas se comenzarán a pagar a partir del segundo mes desde el efectivo otorgamiento del microcrédito.

Plazo de cancelación: El requirente se compromete al cumplimiento de obligación de pago, cuya devolución podrá ser hasta en doce (12) cuotas.

Declaración jurada: La presentación del Formulario reviste carácter de declaración jurada y los datos consignados deberán ser correctos, veraces y sin omisiones, asumiéndose la responsabilidad administrativa, civil y penal por las consecuencias derivadas de falsedades o errores en los mismos.

Incumplimiento: En caso de incumplimiento de devolución del crédito llegado al vencimiento del plazo acordado, la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, se encuentra facultada para iniciar las acciones judiciales correspondientes a fin de obtener el cobro otorgado.

 

 

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