domingo, noviembre 24, 2024
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Sanciones para transgresores del Covid-19

La Legislatura  de Córdoba aprobó por mayoría el nuevo régimen sancionatorio para conductas que transgredan los protocolos de seguridad y sanitarios dispuestos en Córdoba para hacer frente al coronavirus.

Se trata de un proyecto remitido por el Ejecutivo de la Provincia y que tiene carácter excepcional, ya que se extenderá sólo mientras dure la Emergencia Pública Sanitaria decretada por Nación y a la que Córdoba adhirió mediante Ley Nº 10.690.

El órgano de aplicación será el Ministerio de Salud de la Provincia, cuyo secretario de Coordinación, Alejandro Gauto, manifestó que se trata de “una ley importante, sobre todo para reforzar conductas positivas apelando a la responsabilidad social y comunitaria y el cumplimiento de los protocolos”. La ley entrará en vigor dentro de diez días hábiles.

El coordinador del Centro de Operaciones de Emergencia (COE), Juan Ledesma, se refirió por otro lado a los “más de cien días de trabajo arduo por parte de toda la comunidad”, que permitieron ir “flexibilizando actividades ante la necesidad social, económica y productiva”. “En virtud de que no toda la sociedad, sino gran parte, se ha comportado de la misma forma solidaria, es necesario reforzar las conductas de responsabilidad social a través de la implementación de esta herramienta”, dijo.

La nueva ley sanciona el incumplimiento de medidas de protección personal (multas de entre 5 mil y 10 mil pesos), las infracciones a los protocolos de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales (entre 5 mil y 50 mil pesos) y también las relacionadas a las reuniones familiares o de cualquier otro tipo (multas de entre 10 mil y 100 mil pesos).

Asimismo, pena la vulneración de lo dispuesto para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial (multas de entre 50 mil y 500 mil pesos), tanto como el incumplimiento de cuarentena, aislamiento sanitario estricto y cualquier otra indicación epidemiológica (multas de entre 20 mil y 200 mil pesos). Se disponen descuentos del 50 por ciento en casos de pago voluntario.

Todo lo recaudado será destinado al Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas. La autoridad de control de la ley es el Ministerio de Seguridad de la Provincia y todo otro funcionario de la administración pública provincial, municipal o comunal designada, capacitada y habilitada a tal fin por la autoridad de aplicación.

Los juzgados provinciales de faltas intervinientes en las infracciones de tránsito tendrán competencia material para el juzgamiento de las faltas establecidas en este Régimen Sancionatorio Excepcional.

Por último, la ley establece la creación de una “Comisión de Seguimiento del Régimen Sancionatorio Excepcional – Covid-19”, la cual estará integrada por el presidente provisorio de la Legislatura, tres legisladores del bloque de mayoría; dos del bloque de la primera minoría; un legislador del bloque de la segunda minoría y un legislador por los bloques de las restantes minorías.

 

 

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