PROHÍBEN PODAR EN LA VÍA PÚBLICA
En aquellas ocasiones en las que sea necesario que el Municipio pode en la vía pública, se puede solicitar este servicio en la Dirección de Reforestación y Arbolado Público, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas (131 A y 14) o en la Delegación Municipal del barrio. Allí debe presentarse la solicitud correspondiente, adjuntando 2 fotografías que exhiban la situación del árbol, de lunes a viernes, de 08.00 a 14.00. Otra alternativa es obtener el formulario por medio de la Web (berazategui.gob.ar/poda), donde además se accederá a más información.
En caso de que el vecino frentista desee hacer el despeje o intervención necesaria por sus propios medios, deberá solicitar la autorización e indicaciones técnicas correspondientes en el mismo lugar y presentando las fotos indicadas. El permiso será expedido en forma inmediata siempre que el ejemplar así lo requiera. En este caso, los troncos producto del despeje (cortados entre 0.70 y 1.00 m de longitud) podrán ser apilados prolijamente sobre la vereda y las ramas finas y hojarasca embolsadas, dando aviso a Higiene Urbana a través del Centro de Atención al Vecino.
La ordenanza no contempla los árboles que se encuentran en el interior de la propiedad privada, por lo tanto el vecino deberá hacerse cargo de la disposición final de los residuos de poda, colocándolos en bolsas de consorcio o en un volquete que deberá contratar en forma particular.
Para consultar el estado del trámite, se puede llamar al 4226-5080 o 4356-9200 (int. 2077).
Multas por no cumplir con la normativa
De incumplir con esta ordenanza, el vecino tendrá la multa correspondiente. Asimismo, los ciudadanos pueden realizar la denuncia de ocupación de la vía pública, podas indiscriminadas o extracciones arbitrarias, de manera anónima, al CAV -Centro de Atención al Vecino- (0800-666-3405), de lunes a domingo, de 8.00 a 22.00.
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